Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceros en 2026

El modelo 347 declara todas tus operaciones del año con clientes y proveedores cuyo volumen ha superado los 3.005,06 €. Es informativo (no pagas) pero obligatorio. Hacienda usa los datos para cruzar con los modelos 347 de tus contrapartes y detectar inconsistencias.

¿Quién presenta el modelo 347?

  • Autónomos y sociedades en régimen general que han facturado/recibido facturas de un mismo NIF por más de 3.005,06€ en el año.
  • NO presentan: empresas en SII, recargo de equivalencia, profesionales sanitarios o educativos con actividad exenta de IVA total.

Plazo 2026

Febrero de 2026 (suele extenderse al 2 de marzo cuando cae en fin de semana) para las operaciones del año 2025.

Qué contiene el modelo 347

  • Tu NIF y datos identificativos.
  • Lista de NIFs de clientes/proveedores con los que has facturado > 3.005,06€.
  • Importe total facturado/comprado con cada uno (acumulado año).
  • Desglose por trimestres.
  • Tipo de operación (compra, venta, servicios).

Cómo presentarlo

  1. Tu software de facturación (Quipu, Holded, etc.) genera el fichero automáticamente.
  2. Entras a sede.agenciatributaria.gob.es → «Modelo 347 – Operaciones con Terceros».
  3. Subes el fichero generado o introduces los datos manualmente.
  4. Revisas que los importes son correctos.
  5. Presentas. No hay nada que pagar.

Errores comunes

  • No incluir clientes/proveedores que están justo sobre el umbral (3.000€ vs 3.005€). Asegúrate del cálculo correcto.
  • Olvidar declarar arrendamientos de locales (van con su propia clave de operación).
  • Cuadre incorrecto con el cliente: si tú declaras facturarle 12.000€ y él declara que te ha pagado 10.000€, salta la alerta y te requieren a los dos.
  • No incluir operaciones intracomunitarias (van en el modelo 349, pero algunas también en 347).

FAQ

¿Qué pasa si me equivoco y mi cliente no?

Te requieren para que rectifiques. Hacienda envía carta. Tienes que presentar una complementaria/sustitutiva con los datos correctos.

¿Tengo que pedir confirmación a mis clientes antes de presentar?

No, pero algunas gestorías grandes lo piden internamente para evitar discrepancias. Si tu volumen con un cliente es alto, una llamada o email para confirmar el importe te puede evitar requerimientos.