Verifactu para profesionales liberales: abogados, médicos, arquitectos y consultores

Si eres profesional liberal (abogado, médico, arquitecto, periodista freelance, consultor, psicólogo, ingeniero), Verifactu te afecta pero con particularidades según tu colectivo. Aquí las matizo por sector.

Abogados

  • Casi todos están obligados a Verifactu (facturas a clientes corporativos y particulares).
  • Mayor parte de facturas tienen retención IRPF (15%), no estarían obligados al modelo 130 trimestral.
  • Software recomendado: Holded si despacho con varios profesionales, Quipu si despacho unipersonal.

Médicos y profesionales sanitarios

  • Si tu actividad médica está exenta de IVA (consulta privada, cirugía), no presentas modelo 303.
  • Si la actividad está sujeta a IVA (formación médica, peritajes, estética no curativa), sí.
  • Verifactu aplica igual: tu software debe estar homologado, emitas factura con IVA o sin él.
  • Si solo emites recibos sin software (clínica con talonario), estás exento. Cualquier programa de gestión clínica que genere factura debe cumplir.

Arquitectos e ingenieros

  • Obligados a Verifactu sin excepciones particulares.
  • Mayoría con retención IRPF en facturas (clientes empresas constructoras, administración pública).
  • Software con gestión de proyectos integrada es útil: Holded Avanzado.

Periodistas freelance y comunicadores

  • Obligados a Verifactu.
  • Casi todos con retención IRPF al 15% (clientes medios y agencias).
  • Software simple suele bastar: Quipu Autónomo o FacturaDirecta.

Consultores y formadores

  • Obligados.
  • Si facturas a empresas, retención IRPF habitualmente. Si facturas a particulares, sin retención.
  • Si tu actividad de formación cumple los requisitos legales (ej. curso reglado), puede estar exenta de IVA.

Psicólogos y terapeutas

  • Actividad típicamente exenta de IVA en psicología clínica.
  • Pero sí obligados a Verifactu si emiten facturas con software.
  • Software recomendado: simple (Contasimple gratis si volumen bajo).

Lo que tienen en común todos

El software que usen debe estar en la lista oficial AEAT. La responsabilidad legal es del titular, no de la gestoría. Si trabajas con un colegio profesional, comprueba si tienen software específico recomendado (algunos colegios de médicos y arquitectos lo tienen).